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30/04/2024 4:38:38

Servicios Sociales - Ayudas a Ayuntamientos para gastos dirigidos a la atención de las necesidades básicas de las personas beneficiarias de protección temporal afectadas por el conflicto de Ucrania


Nivel 4. Tramitación  electrónica.
Descripción del procedimiento:
El objeto de la presente convocatoria es la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a Ayuntamientos de la provincia de Palencia, de población inferior a 20.000 habitantes, destinadas a financiar los incrementos de gastos corrientes y de personal derivados del desarrollo de prestaciones y actividades como consecuencia de actuaciones destinadas a asegurar la satisfacción de las necesidades básicas de las personas beneficiarias de protección temporal afectadas por el conflicto de Ucrania que carezcan de medios económicos suficientes.

Serán financiables las siguientes actuaciones:

a) El reforzamiento de los servicios de información y orientación que facilite el acceso equitativo a los recursos sociales y a los servicios públicos o, en su caso, la creación de nuevos dispositivos para este fin.
b) La prestación, directa o indirecta, de servicios de alojamiento o manutención a las personas beneficiarias de protección temporal por el conflicto en que carezcan de medios económicos suficientes, en los alojamientos alternativos en situaciones de crisis personal o familiar, que podrán ser de carácter temporal o indefinido de acuerdo con las circunstancias que lo determinen.
c) La prestación directa o indirecta, de ayudas económicas destinadas a las personas beneficiarias de protección temporal afectadas por el conflicto de que carezcan de medios económicos suficientes, como complemento a las prestaciones básicas de alojamiento y manutención. Esta prestación no será financiable durante el periodo en el que la persona perceptora esté recibiendo el bono de urgencia social regulado en la Orden FAM/1934/2022, de 27 de diciembre (BOCYL nº 3 de 5 de enero de 2023).
d) La prestación, directa o indirecta, de servicios de conciliación, ocio y tiempo libre.
e) La prestación, directa o indirecta, de servicios de aprendizaje de castellano u otras lenguas oficiales.
f) Los gastos de gestión que, sin estar directamente relacionados con las actuaciones previstas en los apartados a), b) y c), sean estrictamente necesarios para poder realizar tales actuaciones. Se podrán destinar hasta un 10% de la totalidad de la cuantía subvencionada para financiar dichos gastos.

Serán subvencionables los gastos que, de manera indubitada, respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios, y se hayan realizado en el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2022 y el 31 de diciembre de 2023.
Forma de inicio :
Instancia de parte
Sujeto, Interesado , destinatario:
Podrán ser beneficiarios de esta convocatoria los Ayuntamientos de la provincia de Palencia.
Plazo de presentación :
El plazo para la solicitud de las ayudas será de quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, prorrogándose dicho plazo hasta el primer día hábil siguiente, cuando el último día sea inhábil (sábado o festivo).
Lugar de presentación:
Los interesados deberán presentar una solicitud en el registro telemático de la Diputación de Palencia, conforme al formulario electrónico del procedimiento habilitado en el catálogo de procedimientos electrónicos de la sede electrónica de la Diputación de Palencia https://sede.diputaciondepalencia.es El certificado electrónico con el que se realice la presentación deberá corresponder al solicitante de la ayuda.
Órgano gestor:
Servicios Sociales
Órgano que resuelve:
Sra. Presidenta de la Excma. Diputación Provincial
Plazo máximo de resolución y notificación :
El plazo máximo para resolver y notificar será de seis meses. Transcurrido el mismo se entenderán desestimadas por silencio administrativo las solicitudes de concesión de la subvención.

La notificación de la resolución se realizará de conformidad con lo dispuesto en los artículos 40 y 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, mediante su publicación en el "Boletín Oficial de la Provincia" y en la página web de la Diputación Provincial.
Efectos del silencio administrativo:
Desestimatorio.
Recursos posibles:
Contra el acuerdo de aprobación de estas Bases y los de concesión de ayudas o resolución de reintegro de las mismas por incumplimiento podrá interponerse por los interesados recurso potestativo de reposición ante la Ilma. Sra. Presidenta de la Diputación de Palencia en el plazo de un mes a contar desde la publicación del acuerdo de aprobación o concesión de las mismas o resolución de reintegro o directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso de Palencia en el plazo de dos meses.
Bases de la convocatoria en la BDNS:
Bases de la convocatoria

Documentación complementaria a la solicitud




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