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09/12/2024
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Servicios Sociales - Ayudas a Asociaciones, entidades u organizaciones sin ánimo de lucro para la realización de actividades en materia de Servicios Sociales
Datos generales
Legislación
Documentación
Descripción del procedimiento:
Es objeto de esta convocatoria la concesión de subvenciones a Asociaciones, Entidades u Organizaciones sin ánimo de lucro para la realización de actividades en materia de Servicios Sociales y de promoción de la igualdad entre hombres y mujeres. Serán subvencionables las actividades realizadas desde el 1 de noviembre de 2023 hasta la finalización del plazo de justificación de la convocatoria.
Forma de inicio :
Instancia de parte
Sujeto, Interesado , destinatario:
Podrán ser beneficiarios de esta convocatoria, las Asociaciones, Entidades u Organizaciones sin ánimo de lucro que:
1.- Estén legalmente constituidas e inscritas como tales a fecha de publicación de esta convocatoria,
- Para entidades que optan a la modalidad A, en el Registro de Entidades, Servicios y Centros de carácter Social de la Gerencia Territorial de Servicios Sociales, que lleven a cabo actividades en el marco de los Servicios Sociales en la provincia de Palencia. Las entidades y/o los servicios o programas objeto de financiación dispondrán de la necesaria acreditación en los registros que corresponda, según la naturaleza de la actividad.
- Para entidades que optan a la modalidad B, asociaciones, entidades u organizaciones de mujeres en el ámbito de la provincia de Palencia, se exigirá que se hallen inscritas como tales o, en su defecto, que contemplen entre sus objetivos la intervención específica en la promoción de la mujer y la igualdad de género.
2.- Dispongan de una sede central o delegación permanente en la provincia de Palencia, junto a un programa estable de servicios o actividades relacionados con los servicios sociales.
3.- Estén al corriente de pagos con la Administración Tributaria y la Seguridad Social.
4.- Hayan justificado correctamente subvenciones concedidas en ejercicios anteriores.
5.- Estén al corriente de pagos con la Diputación de Palencia.
No podrán obtener la condición de beneficiario las Asociaciones, Entidades u Organizaciones que suscriban Convenios o perciban subvención directa de Diputación Provincial de Palencia, cuyo contenido corresponda a cualquiera de las actividades y/o destinatarios relacionados con el objeto de la presente convocatoria.
Plazo de presentación :
El plazo para la presentación de las solicitudes será de 20 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, prorrogándose dicho plazo hasta el primer día hábil siguiente, cuando el último día sea sábado o festivo.
Órgano gestor:
Departamento de Servicios Sociales
Órgano que resuelve:
Sra. Presidenta de la Excma. Diputación Provincial
Plazo máximo de resolución y notificación :
El plazo máximo para resolver y notificar será de seis meses.
La notificación de la resolución se realizará de conformidad con lo dispuesto en los artículos 40 y 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, mediante su publicación en el "Boletín Oficial de la Provincia" y en la página web de la Diputación Provincial.
Efectos del silencio administrativo:
Transcurrido el mismo se entenderán desestimadas por silencio administrativo las solicitudes de concesión de la subvención.
Recursos posibles:
Contra el acuerdo de aprobación de estas Bases y los de concesión de ayudas o resolución de reintegro de las mismas por incumplimiento podrá interponerse por los interesados recurso potestativo de reposición ante la Sra. Presidenta de la Diputación de Palencia en el plazo de un mes a contar desde la publicación del acuerdo de aprobación o concesión de las mismas o resolución de reintegro, o directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso de Palencia en el plazo de dos meses.
Observaciones:
Bases de la convocatoria en la BDNS:
Bases
Documentación complementaria a la solicitud
Anexo I Memoria
Anexo Solicitud de anticipo
Anexo B-IV
Anexo B-V
Anexo B-VI
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