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19/03/2024 7:38:06

Turismo - Subvenciones para la "Apertura de Oficinas Municipales de Turismo y Puntos de Información Turística"


Nivel 4. Tramitación  electrónica.
Descripción del procedimiento:
Se considerarán subvencionables los gastos que se indican a continuación:

- Retribuciones o remuneraciones del personal de atención al público de la oficina de turismo o punto de información turística.
- Cuotas correspondientes a la Seguridad Social relativas a la contratación del personal de atención al público de la oficina de turismo o punto de información turística.
- Gastos de funcionamiento (electricidad, teléfono, conexión a Internet o similares).
- Gastos de mantenimiento del Punto de Información Turística, siempre que no se trate de gastos de inversión.
- Los Ayuntamientos beneficiarios de las subvenciones previstas en estas bases podrán presentar como justificación de las mismas las subvenciones concedidas a los CITs, asociaciones y entidades turísticas sin ánimo de lucro para colaborar en la apertura de puntos de información turística o en su caso, las facturas emitidas por dichas entidades en concepto de prestación del servicio de información turística contratado por el Ayuntamiento.

NO SERÁN SUBVENCIONABLES:

- Los gastos de alojamiento, comidas, aperitivos o similares, viajes, regalos o atenciones protocolarias.
- Los gastos de edición de material turístico y aquellos correspondientes a actividades turísticas o de otro tipo.
- Los gastos de inversión, ni los gastos derivados de la creación de páginas web y de aplicaciones informáticas, por tener dicha naturaleza.
Forma de inicio :
Instancia de parte
Sujeto, Interesado , destinatario:
Ayuntamientos de municipios de la provincia de Palencia con una población inferior a 20.000 habitantes que gestionen Oficinas Municipales de Turismo y Puntos de Información Turística o en cuya localidad se ubique un punto de información turística.

los Ayuntamientos podrán contar con los Centros de Iniciativas Turísticas, Asociaciones y Entidades Turísticas sin ánimo de lucro de la provincia de Palencia para la prestación del servicio de información turística, reflejándolo debidamente en el Anexo TUR 001 A-I que acompaña a la solicitud de subvención de la presente convocatoria
Plazo de presentación :
El plazo para la presentación de las solicitudes será de quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, prorrogándose dicho plazo hasta el primer día hábil siguiente, cuando el último día sea sábado, domingo o festivo.
Lugar de presentación:
Los interesados deberán presentar una única solicitud en el registro telemático de la Diputación de Palencia, conforme al formulario electrónico del procedimiento habilitado en el catálogo de procedimientos electrónicos de la Sede Electrónica de la Diputación de Palencia. El certificado electrónico con el que se realice la presentación deberá corresponder al solicitante de la ayuda, en caso contrario no será admitida ni procederá subsanación de defecto alguno.
Órgano gestor:
Servicio de Turismo
Órgano que resuelve:
Sra. Presidenta de la Excma. Diputación Provincial
Plazo máximo de resolución y notificación :
El plazo máximo para resolver y notificar será de seis meses. Transcurrido el mismo se entenderán desestimadas por silencio administrativo las solicitudes de concesión de la subvención.

La notificación de la resolución se realizará de conformidad con lo dispuesto en los artículos 40 y 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, mediante su publicación en el "Boletín Oficial de la Provincia" y en la página web de la Diputación Provincial.
Efectos del silencio administrativo:
Desestimatorios
Recursos posibles:
Contra el acuerdo de aprobación de estas Bases podrá interponerse por los interesados recurso potestativo de reposición ante la Ilma. Sra. Presidenta de la Diputación de Palencia en el plazo de un mes a contar desde la publicación del acuerdo de aprobación, o directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso de Palencia en el plazo de dos meses.
Bases de la convocatoria en la BDNS:
Bases

Documentación complementaria a la solicitud


Tramitación electrónica




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