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28/03/2023
11:15:58
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Servicios Sociales - Subvenciones a Ayuntamientos para financiar gastos corrientes ocasionados de sus centros infantiles
Datos generales
Legislación
Documentación
Descripción del procedimiento:
Concesión de ayudas para el ejercicio 2023, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a Ayuntamientos de la provincia que cuenten con una población inferior a 20.000 habitantes, para financiar parcialmente los gastos corrientes del funcionamiento de los Centros Infantiles
Forma de inicio :
Instancia de parte
Sujeto, Interesado , destinatario:
Ayuntamientos de la provincia de Palencia titulares de Centros Infantiles o Guarderías de 0 a 3 años, inscritos en el Registro de Centros Infantiles para la conciliación de la Vida Familiar y Laboral en Castilla y León, excepto los centros incluidos en el programa "CRECEMOS".
Plazo de presentación :
Los interesados deberán presentar una solicitud en el registro electrónico general de la Diputación de Palencia, conforme al formulario electrónico del procedimiento habilitado en el catálogo de procedimientos electrónicos de la sede electrónica de la Diputación de Palencia https://sede.diputaciondepalencia.es (Modelo A.I), en el plazo de veinte días naturales, a contar desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, prorrogándose dicho plazo hasta el primer día hábil siguiente, cuando el último día sea sábado o festivo.
Lugar de presentación:
Los interesados deberán presentar una solicitud en el registro electrónico general de la Diputación de Palencia, conforme al formulario electrónico del procedimiento habilitado en el catálogo de procedimientos electrónicos de la sede electrónica de la Diputación de Palencia https://sede.diputaciondepalencia.es (Modelo A.I).
Órgano gestor:
Servicio de Servicios Sociales.
Órgano que resuelve:
Sra. Presidenta de la Excma. Diputación Provincial
Plazo máximo de resolución y notificación :
El plazo máximo para resolver y notificar será de seis meses. Transcurrido el mismo se entenderá desestimadas por silencio administrativo las solicitudes de concesión de la subvención.
Conforme a lo establecido en los arts. 40 a 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la notificación de la resolución se realizará mediante medios electrónicos, su publicación en el BOP y en la página web de la Diputación.
Efectos del silencio administrativo:
Desestimatorios
Recursos posibles:
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante la Sra. Presidenta de esta Diputación en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su notificación, recurso que se entenderá desestimado si transcurrido un mes desde la interposición no se le notifica su resolución, pudiendo en tal caso interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de seis meses a partir del día siguiente a aquél en que se produzca la desestimación, ante el Juzgado de igual nombre de Palencia. Podrá asimismo, frente a la presente, interponer directamente ante el mismo Juzgado recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contado desde el día siguiente a la notificación. Y todo ello, sin perjuicio de cualquier medio de defensa que estime Ud. oportuno ejercitar (arts. 52 L.B.R.L., 24.2, 123 y 124 de la Ley 39/2015 y 8.1, 14.1 y 46 L.J.)
Todo ello sin perjuicio de su derecho a interponer, cualquier otro recurso que se estime procedente.
Observaciones:
Bases de la convocatoria en la BDNS:
Bases
Documentación complementaria a la solicitud
Anexo I
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