Sede Electrónica>>Catálogo de procedimientos>>Información del trámite
27/04/2024 17:59:41

Servicios Sociales - Subvenciones a Ayuntamientos Titulares de Centros Infantiles para financiar gastos corrientes ocasionados por el funcionamiento de los mismos


Nivel 4. Tramitación  electrónica.
Descripción del procedimiento:
Concesión de ayudas para el ejercicio 2024, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a Ayuntamientos de la provincia que cuenten con una población inferior a 20.000 habitantes, para financiar parcialmente los gastos corrientes del funcionamiento de los Centros Infantiles
Forma de inicio :
Instancia de parte
Sujeto, Interesado , destinatario:
Ayuntamientos de la provincia de Palencia titulares de Centros Infantiles o Guarderías de 0 a 3 años, inscritos en el Registro de Centros Infantiles para la conciliación de la Vida Familiar y Laboral en Castilla y León, excepto los centros incluidos en el programa "CRECEMOS".
Plazo de presentación :
Los interesados deberán presentar una solicitud en el registro electrónico general de la Diputación de Palencia, conforme al formulario electrónico del procedimiento habilitado en el catálogo de procedimientos electrónicos de la sede electrónica de la Diputación de Palencia https://sede.diputaciondepalencia.es (Modelo A.I), en el plazo de veinte días naturales, a contar desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, prorrogándose dicho plazo hasta el primer día hábil siguiente, cuando el último día sea sábado o festivo.
Lugar de presentación:
Los interesados deberán presentar una solicitud en el registro electrónico general de la Diputación de Palencia, conforme al formulario electrónico del procedimiento habilitado en el catálogo de procedimientos electrónicos de la sede electrónica de la Diputación de Palencia http://sede.diputaciondepalencia.es (Modelo A.I).
Órgano gestor:
Servicio de Servicios Sociales.
Órgano que resuelve:
Sra. Presidenta de la Excma. Diputación Provincial
Plazo máximo de resolución y notificación :
El plazo máximo para resolver y notificar será de seis meses. Transcurrido el mismo se entenderá desestimadas por silencio administrativo las solicitudes de concesión de la subvención.
Conforme a lo establecido en los arts. 40 a 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la notificación de la resolución se realizará mediante medios electrónicos, su publicación en el BOP y en la página web de la Diputación.
Efectos del silencio administrativo:
Desestimatorios
Recursos posibles:
Contra la presente resolución no cabe interponer recurso en vía administrativa, si bien se podrá formular, potestativamente, requerimiento previo a la interposición del recurso contencioso-administrativo, solicitando su anulación o revocación ante el mismo órgano que la dictó en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la misma en el Boletín Oficial de la Provincia. El requerimiento se entenderá rechazado si dentro del mes siguiente a su recepción no fuera contestado, de conformidad con lo previsto en el artículo 44.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. El recurso contencioso-administrativo podrá interponerse ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palencia, según el artículo 8.1 de la citada Ley. El plazo para su interposición será de dos meses contados desde el día siguiente a aquel en que reciba la comunicación de la resolución del requerimiento previo o este se entienda desestimado por silencio administrativo. Si no formula requerimiento previo, el plazo para su interposición será de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Provincia.
Observaciones:
Bases de la convocatoria en la BDNS:
Bases

Documentación complementaria a la solicitud




Arriba