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29/04/2024 19:48:54

Medioambiente - Ayudas a Ayuntamientos, destinadas a la creación o acondicionamiento de zonas de recogida de residuos domésticos de carácter especial (escombros)


Nivel 4. Tramitación  electrónica.
Descripción del procedimiento:
Es objeto de esta Convocatoria establecer ayudas destinadas a la creación o ampliación de zonas controladas destinadas a la entrega y recepción de residuos domésticos de carácter especial, generados en los hogares, que deben ser gestionados de forma separada; y, específicamente, los residuos de escombros procedentes de obras menores, así como la adquisición de contenedores de 7m3 para ser ubicados en las zonas de recogida de escombros.
Forma de inicio :
Instancia de parte
Sujeto, Interesado , destinatario:
Podrán solicitar esta Convocatoria, los Ayuntamientos de la provincia de Palencia con menos de 20.000 habitantes, que deberán encontrarse, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, al corriente de sus obligaciones con la Diputación Provincial así como de las tributarias y frente a la Seguridad Social.
Lugar de presentación:
- Registro General de la Institución provincial o por cualquier otro medio de los previstos en el artículo 16 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

- Aquellos Ayuntamientos que dispongan de certificado digital para su identificación electrónica, podrán presentar las solicitudes a través del procedimiento electrónico habilitado en el Catálogo de procedimiento de entidades locales de la Sede Electrónica de la Diputación de Palencia.
Plazo de presentación :
Plazo de 20 días naturales, a partir de la fecha de publicación de la presente Convocatoria en el BOP.
Órgano gestor:
Departamento de Infraestructuras urbanas y ambientales de la Diputación de Palencia.
Órgano que resuelve:
Sra. Presidenta de la Excma. Diputación de Palencia.
Plazo máximo de resolución y notificación :
Efectos del silencio administrativo:
Desestimatorios
Recursos posibles:
Contra este acto, que es definitivo en la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición potestativo, en el plazo de UN MES a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, ante el órgano administrativo que lo hubiere dictado de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Contencioso-Administrativo de Palencia, en el plazo de DOS MESES a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con lo dispuesto en el art. 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Si opta por la interposición del recurso de reposición, no podrá interponer el recurso contencioso administrativo hasta la resolución expresa o desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto. Transcurrido el plazo de un mes, desde su presentación, sin que se hubiera notificado la resolución se entenderá desestimado, a los efectos de interponer el recurso contencioso administrativo.
Contra resolución del recurso de reposición podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, ante el órgano de la Jurisdicción Contencioso Administrativo antes citado, en el plazo de DOS MESES, contados a partir del día siguiente al de su notificación si fuera expresa y, si no lo fuera, en el plazo de SEIS MESES, contados a partir del día siguiente a aquel en el que se produzca la desestimación presunta.
Todo ello sin perjuicio de su derecho a interponer, cualquier otro recurso que se estime procedente.
Bases de la convocatoria en la BDNS:
Bases

Documentación complementaria a la solicitud


Tramitación electrónica




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