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28/03/2023 11:36:53

Promoción Económica - Convocatoria de subvenciones a Ayuntamientos para la celebración de ferias locales


Nivel 4. Tramitación  electrónica.
Descripción del procedimiento:
La instrucción del expediente será realizada por el Servicio de Promoción Económica y Empleo.
La concesión de subvenciones se efectúa mediante régimen de concurrencia competitiva.
Forma de inicio :
Solicitud a instancia de parte
Sujeto, Interesado , destinatario:
Podrán ser beneficiarios de esta convocatoria los Ayuntamientos del medio rural de la provincia de Palencia, que realicen ferias locales presenciales desde el 1 de octubre de 2022 hasta el 30 de septiembre de 2023.
Plazo de presentación :
Las solicitudes, se presentarán en el plazo de un mes, a contar desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, prorrogándose dicho plazo hasta el primer día hábil siguiente, cuando el último día sea sábado o festivo.
Lugar de presentación:
Los interesados deberán presentar una solicitud por cada feria en el registro telemático de la Diputación de Palencia, conforme al formulario electrónico del procedimiento habilitado en el catálogo de procedimientos electrónicos de la sede electrónica de la Diputación de Palencia https://sede.diputaciondepalencia.es El certificado electrónico con el que se realice la presentación deberá corresponder al solicitante de la ayuda, en caso contrario no será admitida ni procederá subsanación de defecto alguno.
Tributos:
Servicio Gratuito
Órgano gestor:
Servicio de Promoción Económica y Empleo
Órgano que resuelve:
La resolución le corresponderá a la Ilma. Sra. Presidenta de la Diputación de Palencia, previos los informes técnicos oportunos, previo informe de la Comisión Informativa de Promoción Económica y Empleo, que actuará como órgano colegiado a que se refiere el art. 22.1 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
Plazo máximo de resolución y notificación :
El plazo máximo para resolver y notificar será de seis meses. Transcurrido el mismo se entenderá desestimadas por silencio administrativo las solicitudes de concesión de subvención.
Efectos del silencio administrativo:
Desestimatorio (Ordenanza General para la concesión de subvenciones de la Diputación de Palencia).
Recursos posibles:
Contra el acuerdo de aprobación de estas Bases y los de concesión de ayudas o resolución de reintegro de las mismas por incumplimiento podrá interponerse por los interesados recurso potestativo de reposición ante la Ilma. Sra. Presidenta de la Diputación de Palencia en el plazo de un mes a contar desde la publicación del acuerdo de aprobación o concesión de las mismas o resolución de reintegro o directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso de Palencia en el plazo de dos meses.
Bases de la convocatoria en la BDNS:
Bases

Documentación complementaria a la solicitud




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