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09/12/2024
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Promoción Económica - Convocatoria 2024 de ayudas destinadas al mantenimiento del tejido industrial y a proyectos e inversiones en sectores que representen oportunidades para el desarrollo económico de la provincia de Palencia
Datos generales
Legislación
Documentación
Descripción del procedimiento:
La presente convocatoria se tramita anticipadamente, por lo que la concesión de la subvención se realizará en el ejercicio 2024, con cargo a los créditos del Presupuesto de la Diputación del citado ejercicio.
Tiene la condición de convocatoria abierta en los términos establecidos por el art. 59 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Estas ayudas se ajustarán a lo establecido en el Reglamento (UE) Nº 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.
Esta subvención se engloba dentro de las medidas para la consecución de la Meta 083 "Fomento de la formalización y crecimiento de las microempresas y las pequeña y mediana empresa" y de la Meta 085 "Promover el empleo en igualdad para las mujeres y los hombres, incluidos los jóvenes y personas con discapacidad, de los ODS (Objetivos de Desarrollo Sostenible).
Estas bases reguladoras de la convocatoria se integran en el Plan Estratégico de subvenciones del año 2023, aprobado en fecha 5 de enero de este año, contribuyendo al logro de sus objetivos, que es el mantenimiento del tejido industrial y favorecer la implantación de empresas en el medio rural.
La instrucción del expediente será realizada por el Servicio de Promoción Económica, sobre la base de los principios de transparencia y objetividad para la concesión de ayudas, se tramitarán las solicitudes siguiendo el orden de entrada de las mismas y tras la evaluación y examen de los expedientes completos que cumplan con la finalidad de la presente convocatoria y hasta el agotamiento del crédito disponible.
Forma de inicio :
Instancia de parte
Sujeto, Interesado , destinatario:
Podrán ser beneficiarios de esta convocatoria las personas físicas, las sociedades, las cooperativas, las asociaciones y fundaciones, las comunidades de bienes, que inviertan en proyectos en el medio rural de la provincia de Palencia que supongan la creación o consolidación de empresarios individuales o pymes, así como la creación y/o mantenimiento de puestos de trabajo estables directos, por cuenta ajena y/o el empleo propio como autónomo.
Se entenderá por <
>, aquella que cumpla las condiciones establecidas en la Recomendación de la Comisión en el Reglamento (UE) nº 651/2014, sobre la definición de microempresa, pequeña y mediana empresa.
La inversión objeto de la ayuda se realizará en el medio rural de la Provincia de Palencia (excepto la capital). Así mismo el centro de trabajo radicará también en este territorio. El solicitante no debe de estar incurso en causa de exclusión, establecidas en el artículo 3º de las Bases Reguladoras.
Plazo de presentación :
El plazo para la presentación de las solicitudes será hasta el 30 de abril de 2024 a contar desde el siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
Lugar de presentación:
Los interesados deberán presentar una solicitud en el registro telemático de la Diputación de Palencia, conforme al formulario electrónico del procedimiento habilitado en el catálogo de procedimientos electrónicos de la sede electrónica de la Diputación de Palencia https://sede.diputaciondepalencia.es. El certificado electrónico con el que se realice la presentación deberá corresponder al solicitante de la ayuda, en caso contrario no será admitida ni procederá subsanación de defecto alguno.
Aquellos sujetos que no se encuentren obligados a la presentación de la solicitud por medios electrónicos, conforme al artículo 14.1 y 14.2 de la Ley 39/2015, y opten por la tramitación presencial deberán presentar una solicitud dirigida a la Ilma. Sra. Presidenta de la Diputación de Palencia conforme al modelo A-0, disponible en la misma dirección anteriormente señalada (http://sede.diputaciondepalencia.es), dentro del apartado "tramitación presencial", pudiendo presentar la misma en el Registro General de la Diputación o a través de cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Órgano gestor:
Servicio de Promoción Económica y empleo
Órgano que resuelve:
Sra. Presidenta de la Excma. Diputación Provincial
La propuesta de resolución que será realizada previo dictamen favorable de la Comisión Informativa de Promoción Económica, se notificará a los interesados, y se entenderá aceptada la subvención por el beneficiario, así como las condiciones derivadas de la misma, si en el plazo de 10 días hábiles a partir de la notificación no se hubiera presentado renuncia por escrito
La notificación de la resolución se realizará de conformidad con lo dispuesto en los artículos 40 y 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, mediante su publicación en el "Boletín Oficial de la Provincia" y en la página web de la Diputación Provincial. Se entenderá aceptada la subvención por el beneficiario, así como las condiciones derivadas de la misma, elevándose a definitiva, si en el plazo de 10 días hábiles a partir de la notificación no se hubiera presentado renuncia por escrito.
Plazo máximo de resolución y notificación :
No puede exceder los seis meses, como establece la Ordenanza General para la concesión de subvenciones de la Diputación de Palencia.
Efectos del silencio administrativo:
Desestimatorio (Ordenanza General para la concesión de subvenciones de la Diputación de Palencia)
Recursos posibles:
Contra el acuerdo de aprobación de estas Bases y los de concesión de ayudas o resolución de reintegro de las mismas por incumplimiento podrá interponerse por los interesados recurso potestativo de reposición ante la Ilma. Sra. Presidenta de la Diputación de Palencia en el plazo de un mes a contar desde la publicación del acuerdo de aprobación o concesión de las mismas o resolución de reintegro o directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso de Palencia en el plazo de dos meses.
Observaciones:
Bases de la convocatoria en la BDNS:
Bases
Tramitación presencial
Solicitud
Documentación complementaria a la solicitud
Anexo II
Anexo III
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