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30/04/2024 2:42:43

Juventud - Subvenciones para la inclusión de Entidades Locales en el programa provincial de apoyo a la infancia y la adolescencia


Nivel 4. Tramitación  electrónica.
Descripción del procedimiento:
El objeto de la presente convocatoria es la inclusión de Entidades Locales en el programa provincial de apoyo a la infancia y la adolescencia de la provincia de Palencia, consistente en la realización de un diagnóstico sobre la situación del citado colectivo en cada municipio, así como en el apoyo para la redacción y tramitación de Planes locales de infancia y adolescencia.
Las Entidades incluidas en el programa recibirán, según el orden de puntuación establecido y en función de la existencia de crédito, una subvención en especie del 80% del coste de redacción del diagnóstico y del resto de documentación de apoyo.
Forma de inicio :
Oficio
Sujeto, Interesado , destinatario:
Ayuntamientos de la provincia de Palencia con población inferior a 20.000 habitantes para núcleos de población de al menos 1.000 habitantes.
Plazo de presentación :
20 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP, prorrogándose dicho plazo hasta el primer día hábil siguiente, cuando el último día sea sábado o festivo.
Lugar de presentación:
Las solicitudes junto con la documentación exigida se presentarán en el Registro Electrónico de la Diputación Provincial de Palencia, conforme a los formularios electrónicos del procedimiento habilitado a tal efecto en el "Catálogo de procedimientos" de la Sede Electrónica: https://sede.diputaciondepalencia.es.
Órgano gestor:
Servicio de Juventud.
Órgano que resuelve:
Sra. Presidenta de la Excma. Diputación Provincial
Plazo máximo de resolución y notificación :
El plazo máximo para resolver y notificar será de tres meses. Transcurrido el mismo se entenderán desestimadas por silencio administrativo las solicitudes de concesión de la subvención. La notificación de la resolución se realizará conforme a lo dispuesto en los artículos 40 y 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, mediante su publicación en el "Boletín Oficial de la Provincia" y en la página web de la Diputación Provincial.
Efectos del silencio administrativo:
Desestimatorios.
Recursos posibles:
Contra el acuerdo de aprobación de estas Bases y los de concesión de ayudas o resolución de reintegro de las mismas por incumplimiento podrá interponerse por los interesados recurso potestativo de reposición ante la Ilma. Sra. Presidenta de la Diputación de Palencia en el plazo de un mes a contar desde la publicación del acuerdo de aprobación, concesión de las mismas o resolución de reintegro o directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso de Palencia en el plazo de dos meses.
Bases de la convocatoria en la BDNS:
Bases


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