Sede Electrónica>>Catálogo de procedimientos>>Información del trámite
11/11/2024 4:15:06

6- Solicitud de Subvenciones directas previstas nominativamente en el Presupuesto y/o otras subvenciones directas no nominativas para actuaciones de carácter excepcional o urgente


Nivel 4. Tramitación  electrónica.
Descripción del procedimiento:
Las actuaciones a subvencionar deberán referirse a actuaciones u obras que se consideren de interés público provincial.

No serán objeto de este procedimiento:
- Actuaciones que puedan estar comprendidas en algunas de las convocatorias de subvenciones de concurrencia competitiva.
- Actuaciones que sean objeto de inclusión dentro del ámbito de los Planes Provinciales de Obras y Servicios de la Diputación Provincial.


Tendrán la consideración de gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada. Los tributos serán gasto subvencionable cuando el beneficiario de la subvención los abona efectivamente, en ningún caso se considera gasto subvencionable el IVA cuando sea deducible para el beneficiario de la subvención
Forma de inicio :
Instancia de parte
Sujeto, Interesado , destinatario:
Entidades Locales de la Provincia de Palencia de población inferior a 20.000 habitantes.
Personas físicas y jurídicas con domicilio o sede social en la provincia de Palencia.
Plazo de presentación :
Todo el año
Lugar de presentación:
Registro telemático de la sede electrónica de la Diputación de Palencia http://sede.diputacióndepalencia.es.
Tributos:
Los tributos serán gasto subvencionable cuando el beneficiario de la subvención los abona efectivamente, en ningún caso se considera gasto subvencionable el IVA cuando sea deducible para el beneficiario de la subvención.
Órgano gestor:
Presidencia
Órgano que resuelve:
Sra. Presidenta de la Excma. Diputación Provincial
Plazo máximo de resolución y notificación :
Seis meses
Efectos del silencio administrativo:
Desestimatorio
Recursos posibles:
Contra la Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas, o recurso contencioso- administrativo, ante el Juzgado Contencioso- Administrativo de Palencia, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Tramitación presencial


Tramitación electrónica




Arriba