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28/04/2024 20:45:51

Promoción Económica - Convocatoria de premios Generando Valor Rural provincia de Palencia


Nivel 4. Tramitación  electrónica.
Descripción del procedimiento:
La instrucción del expediente será realizada por el Servicio de Promoción Económica y Empleo.

Una vez comprobados los requisitos administrativos de los solicitantes, se reunirá la Comisión de Seguimiento contemplada en el convenio de colaboración suscrito con el Parque Científico UVa, que determinará si para las propuestas presentadas existen Grupos de Investigación de la Universidad de Valladolid que puedan afrontar los retos planteados y de estas propuestas serán preseleccionadas un total de 4 demandas de innovación conforme a los criterios de valoración que se recogen en el apartado 5º de estas bases.

El Parque Científico UVa publicitará entre los grupos de investigación de la Universidad de Valladolid las necesidades de conocimiento y desarrollo innovador demandado por las 4 empresas preseleccionadas. Y será la encargada de la coordinación de los grupos de investigación que se postulen como interesados y las necesidades empresariales demandadas, velando así porque los seleccionados sean los más expertos en las materias relacionadas con las demandas empresariales. Los grupos de investigación de la UVA dispondrán desde la fase de preselección de las 4 demandas de innovación mejor puntuadas, hasta la fecha que se indique, en su momento por las entidades organizadoras, para elaborar un breve resumen del proyecto que dé solución a la demanda empresarial que le haya sido asignada. Dichas soluciones serán remitidas por mail al Parque Científico UVa a esta dirección:palencia@parquecientifico.uva.es.

Finalmente, se reunirá la Comisión Informativa de Desarrollo Socioeconómico, Deportes y Turismo que seleccionará a 2 de 4 propuestas preseleccionadas remitidas por las empresas en base a las mejores soluciones otorgadas por los grupos de investigación a través del informe emitido por el Parque Científico. Así mismo, el jurado seleccionará a una de las propuestas remitidas por emprendedores conforme a los criterios de valoración que se establecen en el apartado 5º de estas bases.

A juicio de la comisión Informativa de Desarrollo Socioeconómico, Deportes y Turismo, cualquier premio se podrá declarar desierto si considera que ninguno de los proyectos tiene la calidad técnica requerida, pudiendo, en este caso, acumular las cuantías de los premios dado el carácter finalista de los mismos.
Forma de inicio :
Instancia de parte
Sujeto, Interesado , destinatario:
- Las empresas de menos de 50 trabajadores que tengan actividad económica en el medio rural palentino.
- Los emprendedores que presenten un proyecto innovador para el medio rural palentino podrán participar en esta convocatoria, pudiendo acceder únicamente al accésit de carácter honorífico.
Plazo de presentación :
El plazo para la presentación de las solicitudes será de un mes, a contar desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, prorrogándose dicho plazo hasta el primer día hábil siguiente, cuando el último día sea sábado o festivo).
Lugar de presentación:
Los interesados deberán presentar una única solicitud en el registro telemático de la Diputación de Palencia, conforme al formulario electrónico del procedimiento habilitado en el catálogo de procedimientos electrónicos de la sede electrónica de la Diputación de Palencia http://sede.diputaciondepalencia.es El certificado electrónico con el que se realice la presentación deberá corresponder al solicitante de la ayuda.

Aquellos sujetos que no se encuentren obligados a la presentación de la solicitud por medios electrónicos, conforme al artículo 14.1 y 14.2 de la Ley 39/2015, y opten por la tramitación presencial deberán presentar una solicitud dirigida a la Ilma. Sra. Presidenta de la Diputación de Palencia conforme al modelo A-0, disponible en la misma dirección anteriormente señalada (http://sede.diputaciondepalencia.es), dentro del apartado "tramitación presencial", pudiendo presentar la misma en el Registro General de la Diputación o a través de cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Tributos:
Servicio gratuito
Órgano gestor:
Servicio de Promoción Económica y Empleo
Órgano que resuelve:
La resolución le corresponderá a la Ilma. Sra. Presidenta de la Diputación de Palencia, previos los informes técnicos oportunos, e informe de la Comisión Informativa de Promoción Económica y Empleo, que actuará como órgano colegiado a que se refiere el art. 22.1 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
Plazo máximo de resolución y notificación :
El plazo máximo para resolver y notificar será de seis meses.
La notificación de la resolución se realizará de conformidad con lo dispuesto en los artículos 40 y 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, mediante su publicación en el "Boletín Oficial de la Provincia" y en la página web de la Diputación Provincial.
Efectos del silencio administrativo:
Desestimatorio
Recursos posibles:
Contra el acuerdo de aprobación de estas Bases y los de concesión de ayudas o resolución de reintegro de las mismas por incumplimiento podrá interponerse por los interesados recurso potestativo de reposición ante la Ilma. Sra. Presidenta de la Diputación de Palencia en el plazo de un mes a contar desde la publicación del acuerdo de aprobación o concesión de las mismas o resolución de reintegro, o directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso de Palencia en el plazo de dos meses.
Bases de la convocatoria en la BDNS:
Bases

Tramitación presencial




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