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01/11/2024 1:16:32

Promoción Económica - Convocatoria de subvenciones a asociaciones comerciales con establecimientos de venta directa o mixta


Nivel 4. Tramitación  electrónica.
Descripción del procedimiento:
La instrucción del expediente será realizada por el Servicio de Promoción Económica y Empleo. La Resolución le corresponderá a la Ilma. Sra. Presidenta de la Diputación de Palencia, previos los informes técnicos oportunos, e informe de la Comisión Informativa de Desarrollo Socioeconómico, Deportes y Turismo.
La concesión de subvenciones se efectúa mediante régimen de concurrencia competitiva.
Forma de inicio :
Instancia de parte
Sujeto, Interesado , destinatario:
Podrán ser beneficiarios de esta convocatoria los siguientes: las asociaciones y las federaciones legalmente constituidas en la provincia de Palencia, que cuenten con asociados que sean comercios minoristas o establecimientos de venta directa o mixtos ubicados en el medio rural de la provincia de Palencia, y que dentro de sus fines esté la de promocionar el comercio y la venta local en la provincia de Palencia, mediante acciones de fidelización que lo dinamicen.
Plazo de presentación :
Las solicitudes, se presentarán en el plazo de un mes, a contar desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, prorrogándose dicho plazo hasta el primer día hábil siguiente, cuando el último día sea sábado o festivo
Lugar de presentación:
Los interesados deberán presentar una solicitud en el registro telemático de la Diputación de Palencia, conforme al formulario electrónico del procedimiento habilitado en el catálogo de procedimientos electrónicos de la sede electrónica de la Diputación de Palencia https://sede.diputaciondepalencia.es. El certificado electrónico con el que se realice la presentación deberá corresponder al solicitante de la ayuda.
Tributos:
Servicio Gratuito
Órgano gestor:
Servicio de Promoción Económica y Empleo
Órgano que resuelve:
La resolución le corresponderá a la Ilma. Sra. Presidenta de la Diputación de Palencia, previos los informes técnicos oportunos, previo informe de la Comisión Informativa de Promoción Económica y Empleo que actuará como órgano colegiado a que se refiere el art. 22.1 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
La resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 63.3 del Real Decreto 887/2006, de 21 de junio por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, contendrá una relación ordenada de todas las solicitudes, con indicación de la puntuación otorgada a cada una de ellas que, cumpliendo con todas las condiciones administrativas y técnicas establecidas en las presentes bases para adquirir la condición de beneficiarios, no hayan sido estimadas por rebasarse el crédito fijado en la convocatoria, con objeto de que, si alguno de los beneficiarios renunciase a la subvención concedida y se hubiera liberado el crédito suficiente, se acordara una subvención a los solicitantes siguiendo el orden de puntuación obtenida por cada uno de ellos.
Plazo máximo de resolución y notificación :
El plazo máximo para resolver y notificar será de seis meses. Transcurrido el mismo se entenderá desestimadas por silencio administrativo las solicitudes de concesión de subvención.
Efectos del silencio administrativo:
Desestimatorio
Recursos posibles:
Contra el acuerdo de aprobación de estas Bases podrá interponerse por los interesados recurso potestativo de reposición ante la Ilma. Sra. Presidenta de la Diputación de Palencia en el plazo de un mes a contar desde la publicación del acuerdo de aprobación o concesión de las mismas o resolución de reintegro o directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso de Palencia en el plazo de dos meses.
Bases de la convocatoria en la BDNS:
Bases

Documentación complementaria a la solicitud




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