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Obras - Delegación de Obras



Nivel de Modernización 1. InformaciónNivel de Modernización 2. Descarga de formulariosNivel de Modernización 3. Iniciación electrónicaNivel de Modernización 4. Tramitación electrónica

Nivel de Modernización 4. Tramitación electrónica

Información
Descripción del procedimiento Mediante este procedimiento se delega la contratación de las obras de Entidades Locales de la provincia de Palencia incluidas en los Planes Provinciales.
Tipo de tramitación Procedimiento
Interno No
Forma de inicio A instancia de parte
Sujeto, Interesado , destinatario Administración
Canales de realización Electrónico
Plazo de presentación A lo largo de todo el año.
Periodicidad Continuo
Lugar de presentación De forma presencial en el Registro General de la Diputación de Palencia aportando la instancia de solicitud correspondiente y debidamente cumplimentada y toda la documentación requerida para la tramitación del procedimiento.
Por correo dirigido al Registro General de la Diputación de Palencia incluyendo la instancia de solicitud debidamente cumplimentada y los documentos requeridos en el procedimiento.
A través del Registro Telemático con DNI Electrónico o Certificado Digital Avanzado y Reconocido, con la documentación en formato digital.
En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio.
Tributos Servicio gratuito
Órgano gestor Servicio de Planes Provinciales
Organismo responsable Diputación Provincial de Palencia
Plazo máximo de resolución y notificación 3 Meses
Fin a la vía administrativa No
Efectos del silencio administrativo Desestimatorios
Recursos posibles Contra este acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer potestativamente recurso de reposición, ante el mismo órgano administrativo que lo hubiere dictado en un plazo de UN MES, o directamente recurso contencioso- administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso administrativo que por turno corresponda, en el plazo de DOS MESES; en ambos casos, el plazo que se dice se contará a partir del día siguiente al de la fecha de recepción de la presente notificación (art 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de Julio Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa).
Si opta por la interposición del recurso de reposición, no podrá interponer el recurso contencioso administrativo hasta la resolución expresa o desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto. Transcurrido el plazo de un mes, desde su presentación, sin que se hubiera notificado la resolución se entenderá desestimado, a los efectos de interponer el recurso contencioso administrativo.
Contra resolución del recurso de reposición podrá interponer el recurso contencioso administrativo, ante el órgano de la Jurisdicción Contencioso Administrativo antes citado, en el plazo de DOS MESES, contados a partir del día siguiente al de su notificación si fuera expresa y , si no lo fuera , en el plazo de SEIS MESES, contados a partir del día siguiente a aquel en el que se produzca la desestimación presunta.
Todo ello sin perjuicio de su derecho a interponer, cualquier otro recurso que se estime procedente.
Nivel de administración electrónica Tramitación electrónica
Enlace Web https://sede.diputaciondepalencia.es/opensiac/action/tramitesinfo?method=enter&id=11
Común No

Documentación que se debe presentar
Tipo Presentación
Solicitud debidamente cumplimentada: Solicitud debidamente cumplimentada Obligatorio Ambas
Certificación del acuerdo o resolución del órgano competente de la Entidad Local, acordando solicitar la delegación de la obra: Certificación del acuerdo o resolución del órgano competente de la Entidad Local, acordando solicitar la delegación de la obra. Opcional Ambas

Leyenda
Tipo Obligatorio Obligatorio Opcional Opcional
Presentación Ambas Ambas Presencial Presencial Telemática Telemática
Normativa
Ley 7/1985 Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Real Decreto Legislativo 781/1986 Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local.
Bases Obras Planes Bases de la convocatoria anual de peticiones de inclusión de obras en los planes provinciales publicada en el Boletín Oficial de Palencia (BOP).
Real Decreto 835/2003 Real Decreto 835/2003, de 27 de junio, por el que se regula la cooperación económica del Estado a las inversiones de Entidades Locales.
Orden IYJ/1747/2010 Orden IYJ/1747/2010, de 24 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas de la cooperación económica local general y específicamente de las Ayudas del Fondo de Cooperación Local-Pacto Local.
Acuerdo Pleno 19/2001 Acuerdo del Pleno de la Diputación Provincial de fecha 19 de diciembre de 2001.
Ley 39/2015 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Tramitación presencial
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Tramitación telemática
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