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19/04/2024 5:18:03

Servicios Sociales - Ayudas para el fomento de la natalidad


Nivel 4. Tramitación  electrónica.
Descripción del procedimiento:
Es objeto de la presente convocatoria la concesión de ayudas económicas por nacimiento o adopción de hijos o hijas en el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2023 y el 30 de septiembre de 2024, a progenitores/adoptantes con domicilio en algún municipio de la provincia de Palencia con población inferior a 20.000 habitantes, a quienes el Ayuntamiento de residencia les haya concedido ayuda económica por tales motivos.
Forma de inicio :
Instancia de parte
Sujeto, Interesado , destinatario:
Serán beneficiarios los progenitores o adoptantes de niños o niñas, nacidos o adoptados, en el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2023 y el 30 de septiembre de 2024, ambos días incluidos, a quienes previamente los ayuntamientos de los municipios de la provincia de Palencia, con población inferior a 20.000 habitantes, donde residen les haya concedido ayuda económica por tales motivos.
Excepcionalmente se admiten solicitudes por nacimiento o adopción de hijos o hijas en el periodo comprendido en la convocatoria anterior (01/10/2022-30/09/2023) en el supuesto de que la resolución o notificación por la que se les concede la ayuda de natalidad de su Ayuntamiento fuera posterior al 1 de noviembre de 2023 y no les hubiera sido concedida ayuda económica de la Diputación de Palencia en la convocatoria de 2023.
Plazo de presentación :
Las solicitudes para la obtención de las ayudas económicas deberán dirigirse al Ilma. Sra. Presidenta y se presentarán, junto a la documentación que más adelante se detalla, en el Registro General de la Diputación, en los registros auxiliares habilitados en los Centros de Acción Social, o de la manera que establece el Art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, hasta el 30 de octubre de 2024, prorrogándose dicho plazo hasta el primer día hábil siguiente, cuando el último sea sábado o festivo.
Excepcionalmente, se admitirán solicitudes hasta el día 15 de noviembre de 2024 siempre que la resolución o notificación por la que se les concede la ayuda de natalidad de su Ayuntamiento fuera resuelta entre el 15 y el 30 de octubre de 2024.
Lugar de presentación:
Registro General de la Diputación de Palencia o a través de cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Aquellos solicitantes que dispongan de DNI electrónico o certificado digital para su identificación electrónica, podrán presentar las solicitudes a través del procedimiento electrónico habilitado en el catálogo de procedimientos de los ciudadanos de la Sede Electrónica de la Diputación de Palencia: https://sede.diputaciondepalencia.es.
Órgano gestor:
Servicio de Servicios Sociales.
Órgano que resuelve:
Sra. Presidenta de la Excma. Diputación Provincial
Efectos del silencio administrativo:
Desestimatorios
Plazo máximo de resolución y notificación :
El plazo máximo para resolver y notificar será de seis meses. Transcurrido el mismo se entenderá desestimadas por silencio administrativo las solicitudes de concesión de la subvención.
Conforme a lo establecido en los artículos 40 y 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la notificación de la resolución se realizará mediante su publicación en el "Boletín Oficial de la Provincia" y en la página Web de la Diputación de Palencia.
Recursos posibles:
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante la Sra. Presidenta de esta Diputación en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su notificación, recurso que se entenderá desestimado si transcurrido un mes desde la interposición no se le notifica su resolución, pudiendo en tal caso interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de seis meses a partir del día siguiente a aquél en que se produzca la desestimación, ante el Juzgado de igual nombre de Palencia. Podrá asimismo, frente a la presente, interponer directamente ante el mismo Juzgado recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contado desde el día siguiente a la notificación. Y todo ello, sin perjuicio de cualquier medio de defensa que estime Ud. oportuno ejercitar (arts. 52 L.B.R.L., 24.2, 123 y 124 de la Ley 39/2015 y 8.1, 14.1 y 46 L.J.). Todo ello sin perjuicio de su derecho a interponer, cualquier otro recurso que se estime procedente.

Observaciones:
Bases de la convocatoria en la BDNS:
Bases

Tramitación presencial


Documentación complementaria a la solicitud


Tramitación electrónica




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