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29/03/2024 5:48:08

Deportes - Subvenciones a Ayuntamientos destinadas a la ejecución de actuaciones en instalaciones Deportivas


Nivel 4. Tramitación  electrónica.
Descripción del procedimiento:
Es objeto de esta convocatoria la concesión de subvenciones a ayuntamientos de la provincia de Palencia, para promover e incentivar actuaciones de mejora de las instalaciones deportivas de titularidad pública, mediante la ejecución de pequeñas obras, renovaciones, reparaciones, o para ampliación de complejos deportivos. Quedan expresamente excluidas las reformas en instalaciones de piscinas, parques infantiles, parques biosaludables y en aquellas otras instalaciones para las que la Diputación haya convocado en 2022 o 2023 una convocatoria concreta.

La cuantía total de las subvenciones asciende a la cantidad de 350.000,00 euros, consignados en la partida 61.34201.76201.04A del presupuesto de Diputación para 2023.

Las actuaciones a subvencionar deberán referirse a obras de rápida ejecución, conducentes a mejorar y renovar instalaciones deportivas, o ampliar complejos deportivos, tales como:
- Reparación/mejora de suelos de instalaciones deportivas
- Reparación/mejora o creación de las cubiertas de instalaciones
- Ejecución/renovación/reparación de elementos que mejoren o potencien la vida útil y el grado de uso de la instalación
- Ejecución/renovación/reparación o creación de vallados de la instalación, sobre todo cuando supongan una mayor seguridad
- Ampliación de complejos deportivos para todas las modalidades deportivas, que potencien la oferta deportiva del mismo

No serán objeto de esta convocatoria:
- Inversiones que tengan una vida útil inferior a cinco años, así como las
que se refieran a la adquisición de mobiliario, enseres y vehículos
- La ejecución de nuevas instalaciones, salvo las adyacentes a las ya existentes
- La ejecución de elementos meramente decorativos o estéticos
- Los accesos a las instalaciones
- Los gastos de personal de los ayuntamientos, incluso cuando las actuaciones se realicen por personal de la propia Administración

Se considerarán subvencionables aquellas obras o actuaciones que se ejecuten o hayan ejecutado a partir del 1 de enero de 2023.

La cuantía que se conceda no será superior al 70% del presupuesto presentado o ejecutado, según documento técnico o memoria, ni superior a 12.000,00 euros.

Las solicitudes con mayor puntuación recibirán, siempre con el máximo de 12.000,00 €, subvención por el 70 % del presupuesto, y el resto de solicitudes por un porcentaje proporcional, hasta agotar el crédito, no pudiéndose conceder subvenciones menores al 60 % del presupuesto presentado.
Forma de inicio :
Instancia de parte
Sujeto, Interesado , destinatario:
Podrán ser beneficiarios de esta convocatoria los ayuntamientos de la provincia de Palencia con menos de 20.000 habitantes.

No se admitirá más de una solicitud por ayuntamiento, debiéndose referir a una única instalación concreta. En el supuesto de que algún ayuntamiento presentara más de una solicitud o una solicitud para varias instalaciones, aunque se encuentren dentro de un mismo "complejo", se desestimarán todas las que presente.
Plazo de presentación :
El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia hasta el día 20 de octubre de 2023, incluido.
Lugar de presentación:
Los interesados deberán presentar una solicitud en el registro telemático de la Diputación de Palencia, conforme al formulario electrónico del procedimiento habilitado en el catálogo de procedimientos electrónicos de la sede electrónica de la Diputación de Palencia http://sede.diputaciondepalencia.es El certificado electrónico con el que se realice la presentación deberá corresponder al solicitante de la ayuda, en caso contrario no será admitida ni procederá subsanación de defecto alguno.
Órgano gestor:
Servicio de Deportes, Ocio y Tiempo Libre
Órgano que resuelve:
Sra. Presidenta de la Excma. Diputación Provincial de Palencia
Plazo máximo de resolución y notificación :
Seis meses
Efectos del silencio administrativo:
Desestimatorios
Recursos posibles:
Contra el acuerdo de aprobación de estas Bases y los de concesión de ayudas o resolución de reintegro de las mismas por incumplimiento podrá interponerse por los interesados recurso potestativo de reposición ante la Ilma. Sra. Presidenta de la Diputación de Palencia en el plazo de un mes a contar desde la publicación del acuerdo de aprobación o concesión de las mismas o resolución de reintegro, o directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso de Palencia en el plazo de dos meses.
Observaciones:
Criterios de valoración (hasta un máximo de 50 puntos):
- Necesidad y urgencia de ejecución de la obra, teniéndose en cuenta el uso actual o el que pudiera tener la instalación, hasta 25 puntos, valorándose:
1. Mayor uso de la instalación o del complejo deportivo, teniéndose en cuenta el tiempo que pueda utilizarse
2. Mejora en el número de actividades o modalidades que se puedan desarrollar en el complejo tras la ejecución propuesta
3. Mejora en la calidad de las actividades que se desarrollen tras la ejecución prevista

- Medidas relacionadas con la seguridad para los usuarios de la instalación y para los espectadores, así como para su comodidad y la mejora en la eficiencia del mantenimiento, hasta 15 puntos, valorándose, la reparación o modificación de todo aquel elemento o parte de la instalación que pueda suponer un riesgo para la integridad de la población o para los propios usuarios.

- Mayor influencia o repercusión en todos los ámbitos de población de la localidad, valorándose especialmente el uso o potencialidad de uso en los programas deportivos de ámbito provincial, hasta 10 puntos.
Bases de la convocatoria en la BDNS:
Bases


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