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5- Justificación de la subvención - Entidades privadas



Nivel de Modernización 1. InformaciónNivel de Modernización 2. Descarga de formulariosNivel de Modernización 3. Iniciación electrónicaNivel de Modernización 4. Tramitación electrónica

Nivel de Modernización 4. Tramitación electrónica

Información
Interno No
Descripción del procedimiento Procedimiento para la justificación de ayudas y subvenciones
Tipo de tramitación Procedimiento
Forma de inicio A instancia de parte
Sujeto, Interesado , destinatario Administración
Ciudadano
Empresa
Canales de realización Correo postal
Electrónico
Presencial
Periodicidad Sujeto a Convocatoria
Plazo de presentación Plazo señalado para la JUSTIFICACION en las Bases de la Convocatoria correspondiente
Lugar de presentación Se realizará en el Registro telemático Diputación de Palencia habilitado en el catálogo de procedimientos de la sede electrónica de la Diputación de Palencia (http://sede.diputaciondepalencia.es).
No obstante y en casos debidamente justificados y siempre que exista la motivación preceptiva y la existencia de crédito adecuada (y así lo recoja la convocatoria reguladora), la Sra. Presidenta podrá ampliar dicho plazo de forma excepcional y previa solicitud del beneficiario. No serán aceptadas aquellas solicitudes de prórroga que no tengan entrada con una antelación de siete días hábiles al de finalización del plazo de justificación.
Órgano gestor El Servicio tramitador e instructor según disponga las Bases de la Convocatoria correspondiente
Materia Becas, ayudas y premios
Efectos del silencio administrativo Desestimatorios
Fin a la vía administrativa
Recursos posibles Contra este acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer potestativamente recurso de reposición, ante el mismo órgano administrativo que lo hubiere dictado en un plazo de UN MES, o directamente recurso contencioso- administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso administrativo que por turno corresponda, en el plazo de DOS MESES; en ambos casos, el plazo que se dice se contará a partir del día siguiente al de la fecha de recepción de la presente notificación (art 123 y 124 de la ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común.; y artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de Julio Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa).

Si opta por la interposición del recurso de reposición, no podrá interponer el recurso contencioso administrativo hasta la resolución expresa o desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto. Transcurrido el plazo de un mes, desde su presentación, sin que se hubiera notificado la resolución se entenderá desestimado, a los efectos de interponer el recurso contencioso administrativo.
Contra resolución del recurso de reposición podrá interponer el recurso contencioso administrativo, ante el órgano de la Jurisdicción Contencioso Administrativo antes citado, en el plazo de DOS MESES, contados a partir del día siguiente al de su notificación si fuera expresa y, si no lo fuera, en el plazo de SEIS MESES, contados a partir del día siguiente a aquel en el que se produzca la desestimación presunta.
Todo ello sin perjuicio de su derecho a interponer, cualquier otro recurso que se estime procedente.
Órgano gestor El Servicio tramitador e instructor según disponga las Bases de la Convocatoria correspondiente.
Organismo responsable Diputación Provincial de Palencia
Nivel de administración electrónica Tramitación electrónica
Enlace Web https://sede.diputaciondepalencia.es/opensiac/action/tramitesinfo?method=enter&id=160
Común

Documentación que se debe presentar
Tipo Presentación
Instancias: Solicitud debidamente cumplimentada Obligatorio Ambas
Certificado de titularidad bancaria: Certificado de titularidad bancaria (Sólo en el caso de que sea la primera solicitud o se indique esta cuenta por primera vez) Obligatorio Ambas
Relación de facturas: Relación de facturas. Anexo B-III Obligatorio Ambas

Leyenda
Tipo Obligatorio Obligatorio Opcional Opcional
Presentación Ambas Ambas Presencial Presencial Telemática Telemática
Normativa
Ley 38/2003 Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones
Real Decreto 887/2006 Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Ley 39/2015 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
ORD GEN Subvenciones Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Palencia

Tramitación presencial
Instancia de Solicitud
Tramitación telemática
Tramitar